Nuestro socio Rodrigo Ugarte fue consultado por El Mercurio, respecto a un reciente fallo de la Corte de Apelaciones que tuvo una interpretación distinta a la del máximo tribunal en cuanto validó la imputación del aporte del empleador al seguro de desempleo respecto de la indemnización por años de servicio, autorizando su descuento. Sobre la resolución, Rodrigo Ugarte señaló: “Esta sentencia veló por que el derecho fuera correctamente aplicado a los hechos: si el despido por la causal de necesidades de la empresa es declarado improcedente, en tal caso corresponde aplicar la única sanción establecida por el legislador y que consiste en incrementar en un 30% la indemnización por años de servicio, desechando la interpretación del juez de la instancia de condenar a la devolución del seguro de cesantía, sanción que no se encuentra contenida en ninguna norma legal”.